VICEMINISTERIO DE PLANIFICACIÓN Y COORDINACIÓN
Define, desarrolla e implementa los instrumentos normativos, técnicos y metodológicos para la planificación, coordinación y articulación del desarrollo integral en concordancia y consistencia con el Plan de Desarrollo Económico y Social.
ATRIBUCIONES:
- a) Diseñar los lineamientos estratégicos para la formulación e implementación del PDES, en los ámbitos nacional, sectorial y de las entidades territoriales autónomas y descentralizadas.
- b) Coordinar la planificación y gestión del desarrollo integral del Estado Plurinacional con los ministerios, entidades territoriales autónomas y descentralizadas, organizaciones sociales, comunitarias y productivas, y entidades descentralizadas y desconcentradas.
- c) Realizar el seguimiento y evaluación del PDES.
- d) Formular principios y metodologías para la planificación del desarrollo.
- e) Promover que los planes de desarrollo regional, departamental, indígena y municipal, se encuentren en concordancia con el PDES, a nivel nacional.
- f) Ejercer las funciones de autoridad superior y administrar los subsistemas correspondientes del SPIE, así como sus Sistemas de Información.
- g) Desarrollar y establecer los instrumentos normativos y técnicos metodológicos de los subsistemas correspondientes del SPIE.
- h) Dar seguimiento a la aplicación y cumplimiento de las normas y procedimientos de la planificación.
- i) Formular, en coordinación con otras instancias gubernamentales pertinentes, el desarrollo, ejecución y mejoramiento de la gestión en cumplimiento del PDES.
- j) Coordinar el diseño y la implementación de los Planes Estratégicos Nacionales e Intersectoriales.
- k) En coordinación con el Viceministerio de Inversión Pública y Financiamiento Externo, identificar los requerimientos de financiamiento externo y la prioridad de las asignaciones de inversión pública, para programas que respondan a los lineamientos del PDES.
- l) Coordinar la planificación del desarrollo regional de manera concurrente con las entidades territoriales autónomas y descentralizadas.
- m) Normar la planificación territorial para el desarrollo en las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, en el marco de sus competencias.
- n) Establecer y administrar el sistema nacional de información territorial para el desarrollo.
- o) Incorporar la gestión de riesgos en la planificación del desarrollo territorial en las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, en el ámbito de sus competencias.
- p) Formular normas que orienten los procesos de planificación en las entidades territoriales autónomas y descentralizadas, como parte del SPIE.
- q) Formular las políticas de ordenamiento territorial.