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mercados de seguros de riesgo, y mercados de tecnología, permitiendo
que los países en desarrollo implementen acciones de adaptación y
mitigación climática.

b) Adoptando en el marco de Naciones Unidas, la Declaración Universal de los
Derechos de la Madre Tierra como derechos fundamentales, la misma que
debe contener entre otros lo siguiente:

 El derecho a la diversidad de las formas de vida que implica la
preservación de la diferenciación y la variedad de los seres que
componen la Madre Tierra, sin ser alterados genéticamente ni
modificados en su estructura de manera artificial, de tal forma que se
amenace su existencia, funcionamiento y potencial futuro.

 El derecho al agua que se expresa en la preservación de la
funcionalidad de los ciclos del agua, de su existencia en la cantidad y
calidad necesarias para el sostenimiento de los sistemas de vida, y su
protección frente a la contaminación para la reproducción de la vida de
la Madre Tierra y todos sus componentes.

 El derecho a la restauración y la regeneración que se expresa con la
restauración oportuna y efectiva de los sistemas de vida afectados por
las actividades humanas directa o indirectamente y el fortalecimiento
de las funciones ambientales que permitan la reconstitución de los
ecosistemas.

 El derecho a vivir libre de contaminación, que implica preservar a la
Madre Tierra de ser contaminada en cualquiera de sus componentes,
incluyendo residuos tóxicos y radioactivos generados por las
actividades humanas, así como el derecho a la preservación de la
calidad del aire para el sostenimiento de los sistemas de vida.

c) Constituyendo el Tribunal Internacional de Justicia Climática y de Defensa de
los Derechos de la Madre Tierra que cumpla las siguientes tareas:

 Juzgar y sancionar a los Estados responsables de la crisis climática en
el marco de la responsabilidad común pero diferenciada y la
responsabilidad histórica.

 Juzgar y sancionar a las empresas transnacionales causantes de graves
daños socioambientales.

 Juzgar y sancionar a los Estados por la vulneración a los derechos de la
Madre Tierra.

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